COMUNICACIÓN

Protección de Datos pide prohibir el espionaje a empleados en Facebook

Una trabajadora consulta un perfil de Facebook en su oficina, en Barcelona.

Una trabajadora consulta un perfil de Facebook en su oficina, en Barcelona.

ANTONIO M. YAGÜE / Madrid

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Internet no puede ser un territorio sin ley, en el que hasta los empleadores buceen en busca de información sobre vicios y hábitos de trabajadores o aspirantes a un puesto de trabajo. Partiendo de este principio, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se mostró ayer partidaria de una ley, similar a la anunciada por el Gobierno de Alemania, para proteger la privacidad y vetar el acceso de las empresas a perfiles de los usuarios con fotos comprometidas o información sobre creencias, orientación sexual o consumo de drogas en redes sociales como la popular Facebook. «Como en una conversación telefónica, un ciudadano se expresa de distinta manera en un ámbito laboral que familiar o entre amigos. Eso es lo que marca la diferencia a la hora de garantizar su derecho a la intimidad», argumentó Artemi Rallo, director del organismo público defensor de la privacidad.

DURAS MULTAS // El Ejecutivo que preside Angela Merkel prepara una ley que permitirá a las empresas buscar informaciones sobre los trabajadores, pero solo en redes sociales como Linkedin, en las que las personas publican su currículos y experiencias de trabajo. El pionero proyecto legal prevé multas de hasta 300.000 euros para las empresas que infrinjan la norma.

Aunque, según diversos expertos será dificil probar que un despido o una denegación de empleo se ha basado en informaciones sensibles obtenidas sin permiso a través de una red social, el proyecto de ley alemán prevé que la persona que pruebe que fue descartada con estos medios podría demandar a la empresas. «Un juez puede concederle eficacia jurídica a una denuncia, ya que en todas las operaciones dejan rastro en la red y es posible saber quién ha accedido a una determinada información», comentó Rallo, sin negar las dificultades de la aplicación.

VACÍO LEGAL// Según la AEPD, la privacidad en el ámbito laboral en España está desregulada o existe un vacío legal. La jurisprudencia y el Estatuto de los Trabajadores han permitido establecer cámaras de vigilancia y controlar el uso que hacen los trabajadores de la red o el correo electrónico de la empresa. «Sería deseable -comentó Rallo- un marco legal o al menos de concertación social para negociar de forma proporcionada y equilibrada cómo se garantizan los derechos del empresario a la vez que la privacidad de los trabajadores».

El vacío legal, según algunos juristas, genera una conflictividad que irá en aumento, ya que el empresario facilita más medios al trabajador para el desarrollo de su función (teléfonos móviles, correo electrónico, acceso a internet, etc.) susceptibles de obtener información de carácter personal, que permite su localización o el control que se hace de ellos, «de forma que llega a confundirse el uso personal y el profesional. «Esa realidad obliga a una regulación. El control de estas herramientas es asimilable a vigilar llamadas de teléfono o poner un detective para controlar datos privados constitucionalmente protegidos», concluyó Rallo.

MÁS PRUDENCIA// Mikel Lóriz, experto en redes sociales de CCOO, también defendió que debe legislarse para proteger mejor la privacidad de los trabajadores. «La ley alemana es interesante, pero es extremadamente complicado hacerla cumplir», reconoció. «Si tu jefe se hace tu amigo en Facebook y te pilla no es fácil probarlo. El usuario es quien debe ser prudente a la hora de utilizar las redes y hacer públicos datos que permanecerán en la red durante muchos años», aconsejó Lóriz, Mientras se legisla, Lóriz es partidario de llegar a acuerdos con empresas sobre el uso particular y el privado para que cada parte sepa a qué atenerse: «Es una cuestión de sentido común».