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El pacto salarial agoniza en las empresas en pleno terremoto por una sentencia del TS
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las negociaciones, a punto de romperse

El pacto salarial agoniza en las empresas en pleno terremoto por una sentencia del TS

No habrá pacto de rentas. Las dos partes, sindicatos y empresarios, dan por cerradas las discusiones. Mientras que en las empresas una sentencia del TS sobre ultraactividad ha provocado un terremoto

Foto: El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy (c), la ministra de Empleo, Fátima Báñez (2i), los presidentes de CEOE y CEPYME, Juan Rosell (i) y Antonio Garamendi (d), Cándido Méndez (2d) e Ignacio Fernández Toxo.
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy (c), la ministra de Empleo, Fátima Báñez (2i), los presidentes de CEOE y CEPYME, Juan Rosell (i) y Antonio Garamendi (d), Cándido Méndez (2d) e Ignacio Fernández Toxo.

Lo dice un dirigente de la patronal de forma muy gráfica: “La sentenciadel Supremo está teniendo efectos terroríficos en muchas empresas”. Se refiere a un fallo del Alto Tribunal, dictado en diciembre pasado, en el que interpreta –con cuatro votos particulares de los catorce magistrados que componen el Pleno de la Sala Social–una parte de la reforma laboral aprobada por el Partido Popular (PP).

La sentencia ha provocado un verdadero caos en las empresas, y su aplicación concreta en los convenios colectivos forma parte del contenido de la negociación que mantienen desde hace casi un año sindicatos y empresarios.

La posibilidad de ese pacto, según fuentes de toda solvencia, hoy por hoy es remota. Incluso, ayer se desconvocó una reunión que tenían previsto celebrar Cándido Méndez, Ignacio Fernández Toxo y Juan Rosell.La anulación de ese encuentro, según las fuentes, es síntoma inequívoco de que las negociaciones se han roto.

La reforma laboral del Gobierno liquida la vigencia de los convenios colectivos un año después de su denuncia sin que pasado ese tiempo se hubiera pactado otro nuevoo hubiera mediado laudo arbitral. El Tribunal Supremo, en la práctica, vació de contenido esa disposición y sostuvo que los contratos de trabajo (aunque no sean literalmente revisados en su letra) ya incorporaban las cláusulas decaídas de los convenios, por lo que la nueva regulación era en realidad papel mojado. Un contrato, venía a decir, era lo mismo que un convenio en cuanto a cláusulas obligacionales. O lo que es igual, las condiciones laborales de un trabajador se reflejan en su contrato de trabajo, independientemente de que hubiera convenio o no.

Más litigios

Esa interpretación suponía un mazazo para la reforma laboral. O, más en concreto, para la llamada ultraactividad de los convenios colectivos tal y como la diseñó el Gobierno y aprobó el parlamento. El problema es que ese ‘guirigay’ se ha trasladado a la negociación colectiva que cada año se discute en decenas de miles de empresas, provocando todo tipo de litigiosidad en los tribunales.

La más habitual es la relacionada con la denominada ‘doble escala’ salarial, prohibida por el Tribunal Constitucional. Esa doble escala, que significa que dos empleados con las mismas condiciones de trabajo e igual cualificación perciben retribuciones distintas, se produce, precisamente, en los nuevos ingresos, toda vez que los trabajadores amparados por el convenio cobrarían lo que marcan las tablas salariales reflejadas en el convenio de ámbito superior (aunque hubiera decaído), pero a los nuevos se les podrían aplicar otras condiciones al desaparecer lo que en la sentencia del Tribunal Supremo se llama “malla de protección que brindaba el fenecido convenio”. Es decir, una misma empresa con dos convenios bien distintos.

Y es que,como sostienen fuentes sindicales, no es un problema estrictamente salarial. Afecta también a otras condiciones de trabajo en materias como las categorías profesionales, las reclasificaciones, la incapacidad temporal o la jornada laboral. Y supone, en la práctica, la existencia de dos relaciones laborales en una misma empresa, la de los trabajadores a los que se les hubiera producido una ‘contractualización’ del convenio colectivo, como dice la sentencia, y la de los nuevos incorporados, sin protección de sus derechos y claramente discriminados.

La propia sentencia del TS admitía esta posibilidad y reconocía que su interpretación de la reforma laboral podía dar lugar a “problemas de doble escala salarial, de discriminación, y otros que no podemos abordar en este momento”.

El resultado, en todo caso, es que la sentencia, como sostienen tanto los sindicatos como los representantes de los empresarios, tiene “problemas jurídicos y de aplicación real”. O, expresado de forma general,problemas de interpretación. Eso estáocurriendo con mayor frecuencia en el País Vasco, Castilla y León, Cataluña, enel transporte o la hostelería.

Múltiples reuniones

Este asunto forma parte del acuerdo sobre negociación colectiva que desde hace meses discuten CEOE, UGT y CCOO, y que no ve la luz pese a las múltiples reuniones que se han producido desde mediados del año pasado, primero a un nivel técnico y posteriormente con rango más político. Según fuentes de la patronal, lo que se ha decidido por el momento –el acuerdo no se ha cerrado–es que la ultraactividad forma parte de la legislación y, por lo tanto, corresponde resolverlo a los convenios colectivos.

Los sindicatos dan por abierto este asunto y no aceptan ese planteamiento, y esta es, precisamente, una de las cuestiones que hacen pensar que nunca se firmará el III Acuerdo sobre Negociación Colectiva, en el que el Gobierno había puesto muchas esperanzas para poder presentarlo a Bruselas como símbolo de la estabilidad macroeconómica. En particular, la oficina económica que asesora al presidente Rajoy.

Lo cierto es que, al final, y pese a tratarse de una diferencia de unas décimas, tampoco hay acuerdo sobre subida de salarios. Las centrales sindicales insisten en que no firmarán ninguna referencia por debajo del 1% para 2015 y los empresarios hablan del entorno del 0,6%. Según un portavoz de los empresarios, es un problema “más estético” que real. Ninguna de las partes quiere aparecer ante la opinión pública como el ‘enterrador’ de este proceso, y eso explica que formalmente siga abierto.

Y es que en el caso de los salarios es más importante el fuero que el huevo. Los sindicatos quieren que las nóminas se beneficien de la recuperación económica, mientras que los empresarios confían en que con una correlación de fuerzas que les beneficia desde la reforma laboral (se ha alterado el equilibrio en la negociación colectiva en su favor) las empresas puedan imponer subidas más moderadas al margen del ciclo económico. El Gobierno, con su legislación, ha hechoel resto.

Lo dice un dirigente de la patronal de forma muy gráfica: “La sentenciadel Supremo está teniendo efectos terroríficos en muchas empresas”. Se refiere a un fallo del Alto Tribunal, dictado en diciembre pasado, en el que interpreta –con cuatro votos particulares de los catorce magistrados que componen el Pleno de la Sala Social–una parte de la reforma laboral aprobada por el Partido Popular (PP).

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